por: El Universal
06/07/2016 | 4:49 pm
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En Gaceta Oficial N° 40.935 con fecha 30 de junio del año en curso, apareció publicado un aviso del Banco Central de Venezuela (BCV) donde se establece que, a partir del 1 de julio de 2016, los bancos podrán cobrar los lÃmites por transacciones bancarias que se establecen a continuación:
Para las transacciones en cajeros automáticos propios, se fija un lÃmite máximo de comisión de 5 bolÃvares por motivo de consultas, retiro o transferencia de efectivo. En el caso de utilizar cajeros de otros bancos, el monto máximo es de 21 bolÃvares por retiro de efectivo y 13 bolÃvares por consultas o transferencias.
Respecto al centro de contacto y banca móvil, las consultas, transferencias entre cuentas del mismo banco y pagos por operador telefónico es de 5 bolÃvares.
Entre las operaciones en moneda nacional, la emisión de libreta, a partir de la segunda libreta del año, para personas naturales y/o jurÃdicas, tendrá un lÃmite máximo de comisión, tarifa o recargo de 31 bolÃvares.
La emisión de chequeras de 50 cheques es de 62 bolÃvares. El recargo por entrega de chequeras a domicilio es de 31 bolÃvares para las cuentas corrientes no remuneradas de personas naturales. Asimismo, la emisión de estados de cuenta tiene un lÃmite máximo de 4 bolÃvares.
En la mencionada gaceta aparece el listado completo de las tarifas máximas fijadas por el BCV para transacciones bancarias.