EN GACETA: Exoneran IVA a ventas de bienes corporales y prestación de servicios

por: Redacción

07/09/2016 | 3:21 pm

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En Gaceta Oficial fue publicado el Decreto presidencial N°2.448 con vigencia de cinco años, en el que se exonera las ventas de bienes muebles corporales y prestaciones de servicios del Impuesto al Valor Agregado, IVA.

Esta medida fue tomada con la finalidad de procurar mejoras en el transporte masivo de pasajeros. “Se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a las ventas de bienes muebles corporales y las prestaciones de servicios enumeradas en los artículos 5° y 6° de este Decreto, efectuadas a los órganos o empresas del Estado que se dediquen exclusivamente a las actividades de administración, diseño, construcción, instalación, operación, mantenimiento, funcionamiento, repotenciación, modernización, reconstrucción y expansión de los sistemas de transporte masivo de pasajeros por vía exclusiva, subterránea, elevada o a nivel, del tipo metro, trolebús o ferroviario”.

Asimismo, la Gaceta aclara que los órganos o empresas del Estado que reciban el beneficio deberán presentar trimestralmente los soportes que avalen la razón de la exoneración del IVA, ante el Seniat.

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