por: Yarelis Borges
29/08/2016 | 2:34 pm
Archivo
La rectora principal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Tania D’amelio, explicó que la Ley de Partidos Políticos manifiesta en su artículo 32 las razones para poder cancelar la inscripción de una organización política.
La normativa dice que la sede electoral puede cancelar la inscripción de un registro, siempre y cuando actúe por solicitud del Ministerio de Interior, Justicia y Paz.
D’amelio publicó en su cuenta oficial de Twitter, una fotografía con el Capítulo V de la Gaceta Oficial N°6.013 del 23 de diciembre de 2010, donde hace referencia a la cancelación de partidos políticos.
La Ley de Partidos Políticos fija en su Art. 32 los supuestos de cancelación de la inscripción de partidos políticos pic.twitter.com/CFBbh2Xdq6
— Tania D´amelio (@taniadamelio) August 29, 2016