por: Nota de prensa
08/07/2016 | 5:41 pm
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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió notificar a Galaxia Médica C.A., en atención al señalamiento formulado por la Defensoría del Pueblo, sobre el presunto incumplimiento de entregar las prótesis de reemplazo a las implantadas con las prótesis mamarias PIP, en los términos y condiciones establecidas por el Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS), a partir de 2015, según el procedimiento a que se refiere el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, en protección de derechos colectivos.
La sentencia también ordena al Ministerio del Poder Popular para la Salud que remita copia certificada de las instrucciones para el suministro de las prótesis mamarias PIP, fabricadas por la sociedad mercantil francesa Poly Implant Prothèse, dirigidas a Galaxia Médica C.A. a partir 1° de enero de 2015 y hasta la presente fecha, así como una relación o constancia de recepción de las prótesis entregadas, como resultado de las instrucciones giradas en ese período.
Asimismo, la decisión N° 494 del 29 de junio de 2016, con ponencia de la presidenta del TSJ, magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, emplaza a Galaxia Médica C.A. para que conteste la petición de la Defensoría del Pueblo, el día de despacho siguiente a la constancia en autos de la última de las notificaciones ordenadas, luego de lo cual se abrirá un lapso probatorio de ocho (8) días de despacho, para que las partes promuevan y evacuen las pruebas que consideren pertinentes.
El fallo ordena a la Secretaría de la Sala la desincorporación del escrito de la Defensoría del Pueblo consignado el 28 de abril de 2016 y sus anexos, así como la apertura de un cuaderno separado para la tramitación de esta incidencia que se encabezará con el referido escrito, en garantía de los derechos de personas que alegan ser afectadas por las prótesis mamarias PIP.