por: Nota de Prensa
21/07/2017 | 9:06 am
@TSJ_Venezuela
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en ponencia conjunta de sus Magistrados declaró nulo el proceso a través del cual la Asamblea Nacional (AN) «pretende nombrar a un grupo de asesores del Máximo Juzgado del país».
La motivación se centró entre otros aspectos en la extemporaneidad del proceso, inexistencia de vacantes e inobservancia de preceptos constitucionales y legales.
La Sala fundamentó su decisión en la jurisprudencia y en lo establecido en el artículo 213 del Código Penal Venezolano, el cual prevé que cualquiera que indebidamente asuma o ejerza funciones públicas civiles o militares será reo de delito por usurpación de funciones.
En su sentencia N° 545, publicada el pasado jueves, la Sala del TSJ ratificó que la AN se mantiene en desacato, razón por la cual todos sus actos son de nulidad absoluta y carentes de eficacia jurídica.
TSJ advierte que se configura el delito de usurpación de funciones a quienes pretendan ser designados Magistrados https://t.co/oKVSjBeBUD pic.twitter.com/OrqEUMngc2
— TSJ Venezuela (@TSJ_Venezuela) 21 de julio de 2017