TSJ ordenó casa por cárcel al diputado Wilmer Azuaje

por: Inés Reyes

12/07/2017 | 6:09 pm

@TSJ_Venezuela

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictó este miércoles casa por cárcel al Diputado del Consejo Legislativo del estado Barinas, Wilmer Azuaje.

La sentencia expuesta por la Sala Plena mediante el número AA10-L-2017-000056 señala que no procede el antejuicio de mérito del parlamentario por tratarse su aprehensión en «flagrante delito».

También, indicó que si el Consejo Legislativo de Barinas juzga improcedente el allanamiento de la inmunidad parlamentaria de Azuaje, cesará la detención domiciliaria y no podrá continuarse con su enjuiciamiento, sin perjuicio de la reapertura de la causa penal una vez que cese en sus funciones como parlamentario.

Asimismo, el máximo órgano del sistema judicial de Venezuela ordena a la fiscal de la Circunscripción Judicial la entidad a que se continúe con la investigación correspondiente.

A continuación, decisión escrita en la Sentencia del TSJ íntegra:

DECISIÓN

Por las razones expuestas, esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:

PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer y decidir la solicitud formulada por el ciudadano Néstor Luis Castellano Molero, Director de Técnico Científica y de Investigaciones del Ministerio Público, comisionado por la ciudadana Luisa Ortega Díaz, Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela “(…) sobre la detención domiciliaria del ciudadano WILMER JOSÉ AZUAJE CORDERO, Diputado del Consejo Legislativo del estado Barinas, en virtud del procedimiento efectuado en fecha 02 de mayo de 2017, por el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional y, de considerar que están llenos los extremos de ley, se notifique al Consejo Legislativo del estado Barinas, a fin de que este se pronuncie sobre el allanamiento de su Inmunidad Parlamentaria (…)”

SEGUNDO: Que, en el presente procedimiento, no procede el antejuicio de mérito del ciudadano WILMER JOSÉ AZUAJE CORDERO, Diputado del Consejo Legislativo del estado Barinas, por tratarse su aprehensión en flagrante delito.

TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 9 de la Ley Orgánica de los Consejos Legislativos de los Estados, el ciudadano WILMER JOSÉ AZUAJE CORDERO, Diputado del Consejo Legislativo del estado Barinas, deberá permanecer detenido en su residencia, hasta tanto el Consejo Legislativo del estado Barinas decida sobre el allanamiento de la inmunidad parlamentaria. En consecuencia, se ORDENA notificar la presente decisión al Consejo Legislativo del estado Barinas.

CUARTO: Que en el caso de que el Consejo Legislativo del estado Barinas juzgue improcedente el allanamiento de la inmunidad parlamentaria del ciudadano Wilmer José Azuaje Cordero, cesará la detención domiciliaria del prenombrado ciudadano y no podrá continuarse con su enjuiciamiento, sin perjuicio de la reapertura de la causa penal una vez que cese en sus funciones como parlamentario. Caso contrario, si dicho Consejo Legislativo estima procedente el allanamiento de la inmunidad parlamentaria, su enjuiciamiento corresponde a la jurisdicción de los tribunales penales ordinarios, por cuanto “(…) la jurisdicción penal militar, está exceptuada de conocer (…)”, tal como lo expresó la Fiscal General Militar en el oficio N° 0836, del 4 de mayo de 2017, dirigido a la Fiscal General de la República Dra. Luisa Ortega Díaz, con arreglo a las normas del procedimiento penal pautado en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.

QUINTO: Se ORDENA remitir las presentes actuaciones a la Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, para que se continúe con la investigación correspondiente.

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