por: Con información de TSJ
02/06/2017 | 4:28 pm
@TSJ_Venezuela
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), ordenó este viernes al Procurador General de la República cuantificar daños ocasionados al Metro de Caracas y otros medios de transporte, para que se establezcan las responsabilidades civiles y administrativas correspondientes.
La sentencia fue emitida el pasado miércoles, después de declarar como inadmisible la demanda de colectivos contra el ministro de Transporte, Ricado Molina y el Presidente del Metro de Caracas, Gerardo Quintero, la cual fue interpuesta por varias asociasiones civiles y abogados quienes solicitaron que se les permitiera a los manifestantes opositores transitar por el Metro de Caracas durante sus concentraciones públicas.
De acuerdo a la ponencia de la magistrada Carmen Zuleta de Merchán, la sentencia N° 390/2017 indica que la demanda trata sobre un reclamo del servicio público que sólo puede ser satisfecha ante la jurisdicción contencioso administrativa, mediante acción de prestación de servicios públicos y no por intereses colectivos, por lo cual se declara su inadmisibilidad con lo previsto en el artículo 150.4 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
La resolución, busca garantizar la protección de bienes e instalaciones del Metro de Caracas; sistema que es utilizado diariamente por más de 2 millones de usuarios. También, obtener respuesta ante las agresiones que han recibido tanto el transporte subterráneo, como las unidades de Metrobús en las últimas semanas.