El Consejo Nacional Electoral (CNE) informó que el proceso para solicitar la excepción del servicio electoral estará abierta hasta el próximo 7 de mayo.
Esta petición solo puede ser realizada por aquellos votantes que, a pesar de haber sido escogidos para cumplir labores como miembros de mesa, no pueden asumir esa responsabilidad.
El servicio electoral está establecido en el artículo 134 de la Constitución y en el artículo 113 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, en los cuales se señala que estarán exceptuados del cumplimiento de este deber las personas que deban laborar el día de las elecciones, como médicos, periodistas, bomberos, pilotos comerciales y funcionarios del orden público, entre otros.
También están eximidas las personas mayores de 65 años, o que presenten alguna discapacidad física, mental, de salud o legal, debidamente certificada por las autoridades competentes; ser candidato en el proceso electoral, ejercer un cargo de dirección nacional o regional en un partido o ser promotor de un grupo de electores.
Pasos para realizar el tramite:
- Ingresar al portal oficial del CNE (www.cne.gob.ve), al módulo de consulta de datos.
- Posteriormente, debe acceder al Sistema Automatizado de Excepción al Servicio Electoral, opción que se encuentra al final de la página.
- En dicho sistema tendrá que llenar la planilla de solicitud que se le presenta, específicamente la dirección de habitación y la razón por la cual solicita que sea exceptuado del servicio.
- Luego debe adjuntar los recaudos que certifiquen su condición.
Recaudos solicitados:
- El material publicado por el CNE en su portal web especifica que, las personas mayores de 65 años de edad sólo deben consignar la cédula de identidad, mientras que los electores que no puedan prestar servicio por razón de su profesión u oficio, como médicos y policías, deben presentar la constancia de trabajo o fotocopia de la credencial vigente.
- Si la persona es candidata a un cargo de elección popular, debe entregar una constancia emitida por la organización política que lo respalda, mientras que los dirigentes de un partido político, tienen que presentar la comunicación escrita donde certifique su estatus.
- Quien manifieste tener una condición de discapacidad física, mental o de salud, tiene que consignar el certificado médico reconocido por las autoridades.
- De igual forma, se exceptúa a las personas que tengan hijos menores de dos años en período de lactancia o con limitaciones físicas o metales, que cuiden personas con alguna discapacidad o estén a cargo de la atención de adultos mayores. En estos casos, debe entregarse un informe o certificado médico validado por las autoridades competentes, la partida de nacimiento que certifique el nexo con la persona atendida y la cédula de identidad del solicitante.
- El elector que resida fuera de la jurisdicción donde fue seleccionado, debe consignar constancia de residencia expedida por el CNE, con la cédula. Si la persona vive fuera del país, debe presentar carta de exposición de motivos más su cédula o pasaporte.
- Si se solicita la excepción por motivo de estudios, la persona debe presentar el documento de inscripción o constancia de estudios vigente certificado por la autoridad competente.
- Asimismo, si las persona no puede cumplir con este servicio por un tema laboral, debe presentar constancia de trabajo, credencial o documento similar vigente; si es por motivos de salud debe consignar el informe médico o certificado validado por las autoridades competentes.
- Los ciudadanos que incumplan con el servicio electoral obligatorio serán multados con un monto equivalente a 50 unidades tributarias o arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria.