por: Yesimar Gerdler
19/11/2020 | 9:30 am
Pixabay
Este jueves, 19 de noviembre, se celebra el DÃa Mundial para la Prevención del Abuso contra los Niños, por iniciativa de la Fundación de la Cumbre Mundial de la Mujer en el año 2000.
El maltrato infantil se define como los abusos y la desatención de que son objeto los menores de 18 años, e incluye todos los tipos de maltrato fÃsico o psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otro tipo que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño, o poner en peligro su supervivencia, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder.
La exposición a la violencia de pareja también se incluye a veces entre las formas de maltrato infantil.
El maltrato infantil puede ejercerse tanto por acción o por omisión y es es un problema mundial con graves consecuencias que pueden durar toda la vida.
El maltrato fÃsico incluye cualquier acto no accidental que provoque lesiones fÃsicas al niño, enfermedades o riesgo de padecerlas.
La negligencia se define como la desatención de las necesidades del niño, asà como el incumplimiento de los deberes de guarda, cuidado y protección, por ejemplo: no atender su estado de salud, higiene o alimentación.
El maltrato emocional incluye todas aquellas acciones, generalmente de tipo verbal o actitudinal que provoquen o puedan provocar en el niño daños psicológicos, por ejemplo: rechazar, ignorar, aterrorizar, no atender sus necesidades afectivas y de cariño, necesidades de socialización, desarrollo de la autoestima positiva, estimulación.
El abuso sexual incluye tanto conductas de carácter fÃsico, como puede ser la violación, el incesto o la prostitución de niños, niñas y adolescentes; como otras conductas sin contacto fÃsico, como puede ser la pornografÃa infantil o el exhibicionismo ante niños.
El Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) estima que en América Latina al menos seis millones de niños son vÃctimas de agresiones graves y 80 mil fallecen cada año por diversas formas de violencia intrafamiliar.
El artÃculo 19 de la Convención Universal de los Derechos del Niño, reconoce como «obligación del Estado» la protección de todos los niños de cualquier forma de violencia o maltrato, incluso cuando esto sea realizado por padres, madres o cualquier que deba velar por los menores.
Igualmente en su artÃculo 34 expresa que «los Estados Partes se comprometen a proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales».
Los abusos y la explotación de la infancia (especialmente a nivel sexual) constituyen un problema universal y alarmante, por lo que es necesario implementar medidas eficientes y sostenidas de prevención y de protección, ya sea a nivel familiar, local, nacional o internacional.
El DÃa Mundial para la Prevención del Abuso contra los Niños tiene por objetivo el crear un punto de reunión, destinado a poner en evidencia el problema de los abusos, asà como la necesidad de intervenir urgentemente en la difusión de programas de prevención.