por: Elena Velásquez
21/01/2024 | 10:30 am
@policia
Recientemente, se conoció que el código penal de Brasil incluirá al «bullying» o acoso escolar como un delito, que puede ser castigado con multas e incluso, con prisión.
De acuerdo a la nueva ley, que fue sancionada por el Presidente Luiz Inácio Lula da Silva, y que ya fue publicada en el Diario Oficial; aquellas personas que cometan acoso escolar, incluso de forma virtual, podrán recibir penas de mayor o menor grado dependiendo de sus acciones.
En este sentido, se conoció que la normativa define el «bullying» como el acto de «intimidar sistemáticamente, individualmente o en grupo, mediante violencia física o psicológica, a una o más personas, de forma intencionada y repetitiva, sin motivación evidente, mediante actos de intimidación, humillación o discriminación o acciones verbales, morales, sexuales, sociales, psicológicas, físicas, materiales o virtuales».
Asimismo, el texto detalla que la «intimidación sistemática realizada en redes sociales, aplicaciones, juegos en línea o «cualquier medio o entorno digital» califican como ciberacoso y que, en estos casos, los acosadores «se enfrentarán a penas de entre dos y cuatro años de prisión, además de a una sanción financiera».
También se contempla el castigo penal de entre dos y seis años en caso de «inducción o instigación al suicidio» y, además, se estipuló que las penas sean «más fuertes» si cualquier acto de bullying es cometido por más de tres agresores al mismo tiempo o si emplean armas en el proceso.
Aunque el código penal brasileño ya estipulaba penas de entre 12 a 30 años por el homicidio de menores de 14 años, con esta nueva ley se introdujo una modificación que permite que, en caso de que dichos asesinatos se perpetren en una escuela de educación básica pública o privada, los castigos puedan aumentar su duración en dos tercios.