por: Yesimar Gerdler
16/02/2019 | 3:00 pm
@PresidencialVen
La Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (Sunacrip), estableció los requisitos y trámites para el envío y recepción de remesas en criptoactivos a personas naturales en el país.
El organismo indicó que la providencia fue publicada en Gaceta Oficial n° 41 mil 581, de fecha 07 de febrero, y establece que el receptor podrá percibir al mes criptoactivos hasta por un valor equivalente en moneda extranjera a 10 petros.
Asimismo, la Sunacrip detalló que el emisor podrá remesar cualquier criptoactivo permitido, aportando en la plataforma digital autorizada los datos solicitados del receptor, tales como número cédula de identidad, fecha de nacimiento, entre otros.
El texto legal también indica que el organismo podrá autorizar de forma excepcional, un monto superior al establecido, previa solicitud del receptor, hasta por un máximo del valor equivalente en moneda extranjera a 50 petros.
En ese sentido, la providencia plantea que una vez notificado de la acreditación de la remesa, el receptor podrá tramitar, a través de la plataforma digital y en sus cuentas debidamente registradas, la transferencia total del monto recibido en criptoactivos en bolívares soberanos.
Finalmente, la Gaceta estipula que el trámite de las remesas en criptoactivos se apoyará en la plataforma tecnológica determinada por la Sunacrip.
#Entérate || PUBLICADA en Gaceta Oficial Nro 41581, Providencia mediante la cual se establecen los requisitos y trámites para el envío y recepción de remesas en Criptoactivos a personas naturales en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela.#PetroMilagroEconómico pic.twitter.com/aaAqfiHAlW
— Superintendencia Nacional de Criptoactivos (@SunacripVe) 9 de febrero de 2019