por: Con información de nota de prensa
19/09/2017 | 5:58 pm
@TSJ_Venezuela
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) informó que fue dictado el amparo constitucional contra el alcalde del municipio Valera del estado Trujillo, José Karcom Zogbe, tras no controlar los desechos sólidos y el mercado informal en el municipio.
Manifestaron que tras la sentencia el alcalde debe ejercer las acciones que indicadas en la misma por la Sala Constitucional del TSJ.
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del magistrado presidente Juan José Mendoza Jover, decretó amparo constitucional cautelar con ocasión a la demanda de protección de derechos colectivos incoada en contra del alcalde del municipio Valera del estado Trujillo, ciudadano José Karcom Zogbe, por el gran volumen de desechos sólidos y descontrol del mercado informal en dicho municipio y, en tal sentido, al referido ciudadano que dentro del municipio en el cual ejerce su competencia atribuida en el artÃculo 178 constitucional:
1.- Realice todas las acciones y utilice los recursos materiales y humanos necesarios, en el marco de la Constitución y la Ley, a fin de velar por la protección del ambiente y el saneamiento ambiental, aseo urbano y domiciliario y evitar que obstaculicen la vÃa pública e impidan el libre tránsito de las personas y vehÃculos.
2.- Proceda a la inmediata remoción de residuos, escombros y de cualquier otro elemento que obstaculice la vialidad urbana.
3.- Gire las instrucciones necesarias en sus respectivos cuerpos de policÃa municipal, a fin de dar cumplimiento efectivo a lo previsto en los artÃculos 44 y 46 de la Ley Orgánica del Servicio de PolicÃa y del Cuerpo de PolicÃa Nacional Bolivariana. En ese sentido, se le ordena que despliegue las acciones preventivas y de control del delito, asà como, en el ámbito de su competencia, promueva estrategias y procedimientos de proximidad con la comunidad de su espacio territorial, a fin de lograr la comunicación e interacción con sus habitantes e instituciones locales con el propósito de garantizar y asegurar la paz social, la convivencia, el ejercicio pacÃfico de los derechos y el cumplimiento de la ley.
Asà mismo, la Sala Constitucional dada la situación fáctica en la que se encuentra el Casco Central del municipio Valera, ORDENÓ la constitución de una mesa de trabajo, con los ciudadanos y ciudadanas que se dedican a la venta informal en las calles del municipio Valera, la cual será presidida por el Alcalde, con el fin de lograr la reubicación de los mismos en un sector con las condiciones necesarias para que tal actividad comercial no menoscabe el orden público en dicha entidad local ni los derechos constitucionales de libre circulación, recreación y saneamiento ambiental de los habitantes y circulantes de dicho municipio; de cuyo resultado deberá informar a esta Sala en un lapso improrrogable de quince (15) dÃas continuos.
De conformidad con lo establecido en el artÃculo 29 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y GarantÃas Constitucionales, el mandamiento de amparo constitucional cautelar debe ser acatado por el alcalde del municipio Valera del estado Trujillo, ciudadano José Karcom Zogbe, so pena de incurrir en desobediencia a la autoridad y a exponerse a la sanción prevista en el artÃculo 31 eiusdem.