por: Con información de El Nacional
06/05/2016 | 8:00 am
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A solicitud del presidente Nicolás Maduro, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia determinó que la reforma de la ley que rige el máximo tribunal, sancionada por la Asamblea Nacional, no se ajusta a la carta magna y corresponde a una desviación del Poder Legislativo.
La nueva legislatura optó por aumentar de 7 a 15 el número de magistrados de la Sala Constitucional, con el propósito de detener el bloqueo que esta instancia ha hecho a todas las decisiones del Parlamento, ahora que está mayoritariamente integrado por diputados de oposición. Al respecto, el fallo indica: “La pretensión de la Asamblea Nacional de incrementar la composición de la Sala Constitucional, más allá de su duplicación, persigue copar de nuevos integrantes esta instancia judicial para entorpecer la labor de la máxima instancia de protección de la Constitución, con fines claramente políticos, en detrimento de la autonomía e independencia del Poder Judicial”.
El TSJ también argumentó que para modificar una ley orgánica se requiere el voto favorable de la mayoría calificada de los diputados a la Asamblea Nacional. Sin embargo, en esta oportunidad los magistrados de la Sala Constitucional omitieron un dato: la oposición no cuenta con los 112 diputados que obtuvo en las elecciones del 6 de diciembre, precisamente porque el TSJ ordenó la desincorporación de 3 diputados del estado Amazonas.